En los casos de guardia y custodia compartida pueden aplicarse las especialidades para los alimentos debidos a los hijos menores y, a su vez, aplicar proporcionalmente el mínimo por los hijos convivientes

Esta noticia pertenece a uno de los boletines semanales que APSE Consultant envía a sus clientes.

Puede acceder al contenido de la noticia a través del link: https://despachosreferentes.us2.list-manage.com