¡Ya está disponible el nuevo PORTAL DE CLIENTES de APSE! Publicada el 29 de enero de 202429 de enero de 2024 por De Cero a CienAccede ya al nuevo PORTAL DE CLIENTES de APSE desde:https://apse.biloop.es/Contacta con nosotros si tienes cualquier duda.Noticias RelacionadasUna persona física presta puntualmente un servicio, ¿debe facturar por ello?Asesora fiscal/laboral que usa Word y Excel para emitir facturas, pregunta a la DGT sobre su obligación de aplicar el Reglamento Veri*Factu y si puede considerarse un “programa de doble uso” a efectos de infraccionesSTS: La responsabilidad subsidiaria del art. 43.1.b) LGT requiere que la Administración tributaria acredite y explique la negligencia del administrador que evite el pago de las deudas tributarias pendientes cuando la empresa cesa en su actividadLa DGT aclara el tratamiento en IAE e IRPF de una persona física que vende en la plataforma «Todocolección»