TS. Empresa que realiza por error un pago salarial en exceso. Es legal el descuento en nómina aplicando el mecanismo de la compensación siempre que la deuda no sea controvertida Publicada el 20 de junio de 2025 por boletinAcceda al contenido de la noticia a través del link: https://despachosreferentes.us2.list-manage.com/track/click?u=69fbfc72c70e255bb5d90c42c&id=5d92ccaa51&e=95ccddc38cNoticias RelacionadasNuevo Salario Mínimo Interprofesional para el ejercicio en cursoCalendario laboral 2015. Comunidad de Madrid.Contrato de compraventa de bien inmueble.Medidas urgentes de prevención, contención y coordinación