El TS fija en 30 días hábiles el plazo para impugnar acuerdos de empresa alcanzados por mayoría sindical, incluso en casos de mediación Publicada el 30 de julio de 2025 por boletinAcceda al contenido de la noticia a través del link: https://despachosreferentes.us2.list-manage.com/track/click?u=69fbfc72c70e255bb5d90c42c&id=4ddf4c9b92&e=95ccddc38cNoticias RelacionadasInformación para Autónomos. Bases de cotizaciónAsesoría jurídica. Reclamaciones por impagos.Censos WEB: Nuevo servicio de ayuda a emprendedores para presentar el modelo 036Novedades Seguridad Social Sede Electrónica