El TS fija en 30 días hábiles el plazo para impugnar acuerdos de empresa alcanzados por mayoría sindical, incluso en casos de mediación Publicada el 30 de julio de 2025 por boletinAcceda al contenido de la noticia a través del link: https://despachosreferentes.us2.list-manage.com/track/click?u=69fbfc72c70e255bb5d90c42c&id=4ddf4c9b92&e=95ccddc38cNoticias RelacionadasSolicitud de devolución Autónomo Societario.Delito societario continuado de falsedad documental.Novedades Seguridad Social Sede ElectrónicaPlan General Contable para Pymes