TSJ. No existe obligación de reintegrar las cantidades percibidas por un recargo de prestaciones que posteriormente es revocado Publicada el 29 de septiembre de 2025 por boletinAcceda al contenido de la noticia a través del link: https://despachosreferentes.us2.list-manage.com/track/click?u=69fbfc72c70e255bb5d90c42c&id=693db84189&e=95ccddc38cNoticias RelacionadasNovedades laborales año 2019Modificación de la fecha Inscripción Régimen Especial Criterio de Caja.¡Ya está disponible el nuevo PORTAL DE CLIENTES de APSE!Solicitud de prestación-prorroga por cese