Todas las empresas que tengan trabajadores a su cargo están obligadas a contratar un seguro colectivo si así lo establece el convenio en el que se encuadra la actividad de dicha empresa.
Si uno de tus trabajadores sufre un accidente laboral y no tienes contratado el seguro de convenio colectivo obligatorio, tu empresa tendrá que hacerse cargo de todos los costes.
En APSE nos encargamos de asesorarte sobre el Convenio al que pertenece tu empresa o si tu actividad tiene obligación de contratar este tipo de seguros.
Definición:
El seguro colectivo de convenio cubre los accidentes que pueda sufrir el trabajador en el desempeño de su labor.
El tomador es la empresa y el asegurado cada uno de los empleados. En la negociación colectiva se establecen los capitales que recibirá el asalariado en caso de accidente profesional.
Estos seguros cubren a todos los trabajadores que estén de dados de alta en el TC2 que se presenta al final de cada mes referente al mes anterior.
El seguro obligatorio de accidentes cubre una indemnización en caso de que se produzca el siniestro, por lo que no hay que confundirlo con la adhesión a una Mutua Laboral que se ocupa de proporcionar asistencia sanitaria en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional a autónomos y asalariados.
Las coberturas dependen del Convenio a aplicar. Las más comunes son:
- Fallecimiento
- Invalidez Permanente Parcial
- Invalidez Permanente Absoluta
- Invalidez Permanente Total
- Gran Invalidez
En hna Correduría trabajamos con las mejores compañías aseguradoras por lo que podemos ofrecer a los clientes de APSE los Seguros de Accidentes de Convenio que mejor se adapten a sus necesidades.
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