TS. La indemnización por despido improcedente no puede verse incrementada en la vía judicial. El derecho a una «indemnización adecuada», que reitera el artículo 24 de la Carta Social Europea revisada, no deja de ser una declaración programática

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TS. La indemnización por despido improcedente no puede verse incrementada en la vía judicial. El derecho a una «indemnización adecuada», que reitera el artículo 24 de la Carta Social Europea revisada, no deja de ser una declaración programática

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