El TS establece como doctrina que el derecho a la no autoincriminación se extiende únicamente al proceso sancionador, no operando en los procedimientos de aplicación de los tributos Posted on 14 enero, 2026 by boletin Acceda al contenido de la noticia a través del link: https://despachosreferentes.us2.list-manage.com/track/click?u=69fbfc72c70e255bb5d90c42c&id=4af44e0a7e&e=95ccddc38c