Seguridad social. Reducciones plazos en altas y variaciones.

Resumen de las novedades más destacadas del nuevo Real Decreto 708/2015 de 24 de julio

Novedades en el desarrollo del reglamento de la Seguridad Social
El pasado domingo 26 de julio entró en vigor el nuevo Real Decreto 708/2015, de 24 de julio, por el que se modifican diversos reglamentos generales en el ámbito de la Seguridad Social para la aplicación y desarrollo de la Ley 34/2014, de 26 de diciembre, de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, y de otras disposiciones legales.
La principal novedad incluida en este Real Decreto afecta a la reducción del plazo de presentación de las solicitudes de bajas y de variaciones de datos de los trabajadores, que deberán hacerse dentro del plazo de los tres días naturales siguientes al del cese en el trabajo o a aquel en que la variación se produzca (en lugar de los 6 días establecidos hasta el momento).
Por tanto, los usuarios deben tener en cuenta este nuevo plazo en todas sus comunicaciones a la Seguridad Social. La TGSS confí­a en que este plazo será suficiente gracias a la gestión telemática de todas las comunicaciones, que presumiblemente facilitará y agilizará la tramitación.
Esta generalización del uso de medios electrónicos para comunicar cualquier variación de datos personales que afecte al trabajador o sus circunstancias laborales es precisamente una de las apuestas de una normativa que pretende dotar de mayor simplicidad y uniformidad al nuevo Sistema de Liquidación Directa. De hecho el reglamento elimina la posibilidad de comunicar las solicitudes de alta de los trabajadores por procedimientos especiales como telegrama, fax u otro medio que no sea el que se pone a disposición de los obligados a través del Sistema RED.
Entre otras novedades el reglamento recoge formalmente la obligatoriedad de comunicar a la TGSS el código del Convenio Colectivo aplicable a las empresas y sus trabajadores cuando se proceda a la inscripción de la empresa, en caso de variación del código del Convenio o cuando se presente la solicitud de alta de un trabajador.

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